La Conselleria de Educación va a asumir que los docentes cobren sus trienios durante el año de prácticas. De este modo durante ese primer año, una vez han obtenido plaza, les tendrá que ser abonado efectivamente ese pago si han acumulado antigüedad como interinos, y no solo computará para el cobro de trienios posterior al nombramiento como funcionarios de carrera.
Así lo ha asegurado la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI·F), que ha recalcado que la Generalitat se hará cargo, por primera vez, de este pago en la nómina en ejecución de una resolución judicial.
En un comunicado, el sindicato CSI·F celebra "haber conseguido que la Conselleria de Educación ejecute la sentencia que le obligaba a realizar el pago de trienios, durante ese año, a un maestro que recurrió en 2007".
Se trata del primer caso en la Comunitat Valenciana de una medida a la que podrían acogerse un gran número de los 8.068 docentes que han obtenido plaza desde 2007 y que se encuentran en una situación similar, han augurado las mismas fuentes.
La central sindical explica que el afectado reclamó, en 2007, ante los tribunales ordinarios el reconocimiento de los trienios que como interino le correspondían al amparo de la Ley 7/2007 Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), suscrito por la administración y los agentes sociales.
La sentencia dictada en mayo de 2009 aceptaba su reclamación pero la ejecución no se ha producido hasta dos años después, en concreto hasta mayo de 2011. Durante este tiempo los servicios jurídicos del sindicato presentaron diversos escritos para urgir al pago de los 34 euros mensuales que le correspondían por el reconocimiento de esos trienios y su abono durante el considerado como año de prácticas.
El sindicato destaca la importancia de la ejecución de esta sentencia "por el precedente que sienta", ya que la Conselleria de Educación cuantifica el año de prácticas --el primero de ejercicio tras aprobar la oposición y obtener plaza-- en el reconocimiento pero no paga durante ese periodo este complemento de antigüedad a pesar de que el trabajador desarrolla plenamente su labor.