El TSJCV considera que el artículo 11 del decreto autonómico recurrido, que indica que la compartimentación entre las zonas de fumadores y no fumadores se realice con cualquier elemento que garantice que el espacio para los no fumadores permanezca libre de tabaco, no infringe la ley y considera que aunque la norma estatal ordena una separación física de espacios, el desarrollo de la Generalitat tampoco la vulnera porque exige que ambas zonas queden "compartimentadas" y que el humo no pase de una a otra.
Asimismo, para la sala, la superficie mínima de 120 metros cuadrados que obliga a crear zonas específicas para fumar en el decreto valenciano -20 por encima del estatal-, tampoco se aparta de la ley mientras que fijar en 60.001 euros el límite máximo de sanción tampoco reduce el rigor de la norma.
El conseller de Sanidad, Manuel Cervera, pidió al ministro del ramo, Bernat Soria, tras conocerse la decisión del TSJCV que "rectifique" su postura en relación al decreto y "devuelva" a la Comunitat Valenciana los 1,5 millones de euros de ayudas a la prevención del tabaco en las aulas para niños y formadores que "retiró de forma arbitraria, voluntaria e innecesaria".