En este sentido, la Sindicatura manifestó que recomendó al consistorio valenciano y a la Conselleria de Territorio y Vivienda que, en el ámbito de sus respectivas competencias, no permitieran el funcionamiento de la subestación, sujeta a la previa obtención de licencia de actividad calificada o ambiental, a una distancia inferior a 2.000 metros del núcleo de población agrupada más próximo.
Al respecto, indicó que, transcurrido el plazo legal de un mes, al no recibir ninguna contestación sobre la aceptación o rechazo de esta recomendación, volvió a requerir una respuesta a todas las administraciones públicas implicadas mediante escrito de fecha 28 de marzo de 2007, "que a día de hoy, siguen sin contestar".