Por lo que se refiere a la estructura familiar, 1.094 solicitudes provenían de familias biparentales, y de esta cifra un 95 por ciento resultó idónea. Asimismo, 166 familias monoparentales de mujer solicitaron la adopción con un 90 por ciento de idóneas y otras 22 familias monoparentales de varón con un 95 por ciento de idoneidad.
La mayoría de las solicitudes fueron de adopción internacional, en concreto, un total de 1.062, de las que se aceptaron en este primer trámite 1.023, y se descartaron 39, con lo que el 96 por ciento fueron idóneas. Así, 272 solicitudes de este tipo fueron de Alicante; 111 de Castellón; y las restantes 679 de la provincia de Valencia.
En el caso de las adopciones nacionales, ascendieron a 220, de las que fueron idóneas 200, frente a las 20 que no, con lo que pasaron el primer trámite un 91 por ciento. En Alicante, se presentaron 80 de estas solicitudes; en Castellón, 36; y en Valencia, 104.
El total por provincias asciende a 352 solicitudes en Alicante, de las que fueron idóneas 332, es decir un 94 por ciento, frente a las 20 que no; en Castellón hubo 147 solicitudes, de las que se aceptaron en el primer trámite 139, un 94 por ciento, y se rechazaron ocho; mientras que, en Valencia, de las 783 solicitudes pasaron el primer trámite 752 y otras 31 no, es decir el 96 por ciento resultaron idóneas.
La directora general de la Familia, Carolina Martínez, señaló que la obtención de la idoneidad es el primer paso que deben dar las familias que quieren adoptar un menor, y añadió que "la adquisición de este trámite administrativo se ha agilizado significativamente en los últimos años, y siguen implantándose los medios que permitan no superar el plazo de seis meses".
Sin embargo, resaltó que, en el caso de adopción internacional, la duración total de los trámites, desde que ésta se solicita, "depende del país de procedencia del niño, en función de los criterios y legislaciones establecidas".
La necesidad de valorar la idoneidad, según la titular de Familia, radica en las diferencias entre la paternidad biológica y la paternidad adoptiva, ya que ésta última, "entraña una dificultad añadida, al crear un vínculo con un niño que ha pasado por múltiples dificultades desde su nacimiento", consideró Martínez.
A su juicio, los padres adoptivos "no pueden permitirse fallar porque sus hijos adoptados ya han tenido unos padres que por diversas circunstancias ya les han fallado y le haríamos un flaco favor al hacerles pasar de vivir con las carencias de una institución, a sufrir los problemas de unos padres adoptivos que no puedan atender a sus necesidades emocionales".
En cuanto a la necesidad de establecer criterios de idoneidad, la directora general de la Familia, señaló que tanto los países de origen de los niños en situación de adoptabilidad, así como el estado español, "están obligados a verificar que las familias que solicitan una adopción, proporcionarán al niño las condiciones afectivas, emocionales y sociales que pueden considerarse básicas para su desarrollo personal".
Martínez explicó que el Consejo de Adopción de la Comunitat Valenciana "valora los expedientes de las familias de manera especial" y su trabajo, "no se limita a comprobar simplemente si la familia desea a ese niño y si le proporcionará alimento y escolarización porque, obviamente, el deseo de ser padre adoptivo no implica necesariamente ser capaz de comprender y asumir las necesidades emocionales del niño".
Decisiones técnicasEn este sentido, destacó que las decisiones de este Consejo "no son puramente administrativas", sino que se trata de "decisiones técnicas refrendadas por la sociedad civil valenciana representada por diversas instituciones y entidades que forman parte del Consejo".
Así, puntualizó que la representación de la sociedad en el organismo se compone de personas cualificadas y con conocimientos sobre el área de familia, menor y adopciones, lo que permite que en la toma de decisiones se apliquen criterios cualificados y plurales que reflejen nuestra realidad social.
Respecto a las valoraciones para determinar la idoneidad de los solicitantes de adopción, la directora general de la Familia ha explicado que se basan en "el realismo del proyecto, es decir, que la familia sea consciente de las dificultades que supone una adopción, para que después no se vea desbordada o decepcionada por la realidad de la paternidad adoptiva". También se tiene en cuenta "la motivación de la familia para comprobar que la adopción no responde a cubrir carencias afectivas ni vacíos existenciales, pues con este tipo de motivaciones no se pueden atender adecuadamente las necesidades emocionales de los hijos adoptivos", subrayó.
De este modo, el objetivo de la administración es, según Martínez, "minimizar el riesgo de fracaso de la familia adoptiva con el niño, determinando si las familias estarán preparadas para afrontar y superar el proceso de adaptación mutuo", con el fin de "evitar a toda costa la vuelta del niño a un centro de acogida, ya que las secuelas psicológicas para él podrían ser irreversibles", advirtió.