El Pleno de la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo acordó, por 22 votos a favor y siete en contra, rechazar los recursos presentados por padres asturianos a los que el Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad denegó el derecho a la objeción de conciencia a la asignatura de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos (EpC), según informaron fuentes del Alto Tribunal, que especifica que los decretos, referentes a la Educación Secundaria, no lesiona derecho fundamental a la educación religiosa de sus hijos.
"El Pleno de la Sala ha llegado a la conclusión de que en los casos presentados no existe el derecho a la objeción de conciencia y asimismo ha establecido que los decretos examinados, ambos referentes a la Educación Secundaria, por sí mismos no alcanzan a lesionar el derecho fundamental de los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones", señal el TS.
Según las mismas fuentes, el Supremo ha concluido que los reales decretos que regulan esta asignatura no lesionan el derecho de los padre a elegir la libre educación de los hijos.
La decisión fue tomada tras 20 horas de intenso debate para la que ha sido necesario que el pleno de la sala se reuniera en sesiones de mañana tarde desde el lunes. Finalmente, 22 magistrados apoyaron esta resolución, frente a otros siete que la rechazan, mientras que uno de los jueces no pudo acudir a la votación.
En los próximos días, el Alto Tribunal dará a conocer el fallo con la resolución, previsiblemente con los siete votos particulares, que salva la asignatura y confirma las tres resoluciones del TSJ de Asturias y revoca la adoptada por el TSJ de Andalucía, que falló en favor de unos padres a los que permitió objetar y cuyo hijo quedaba exento de ser evaluado.
Recursos
Por un lado, el Alto Tribunal ha basado su decisión tras deliberar tres sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que denegaban el derecho de objeción a varios padres de esta comunidad por considerar que la asignatura no vulnera derechos fundamentales. Asimismo, este tribunal indicaba que para el desarrollo de la materia se ha tenido en cuenta la autonomía de los centros para adaptar los contenidos a su ideario, así como la libertad de cátedra del profesorado.
El Supremo también ha tenido hacer frente durante estas tres jornadas al recurso elevado por la Junta andaluza, que se oponía a la decisión de los magistrados TSJ de esta comunidad, que fallaron a favor de unos padres, a los que permitió objetar y dejó que su hijo quedara exento de ser evaluado. El TSJA alegaba que los contenidos que fija el Gobierno "vulneran el derecho de los padres a educar a sus hijos en la formación religiosa o moral de acuerdo con sus propias convicciones".
Reacciones en la Comunitat Tras conocerse el fallo, se registró un aluvión de reacciones en la Comunitat. Cabe recordar que la orden autonómica de la Generalitat convulsionó el sistema educativo. El objetivo de impartirla en inglés era incidir en plurilingüísmo, pero el resultado ha sido que este curso se ha convertido en uno de los más polémicos de los últimos años. A principios de este año, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat decretó la suspensión cautelar de los apartados dos y tres de las instrucciones del Gobierno valenciano, que permitían la presencia simultánea en el aula de dos profesores, el titular de la materia y el de inglés. Antes, el Tribunal Superior de Justicia determinó la legalidad de la iniciativa, aunque anuló la llamada «Opción B» para los padres objetores y que consistía en la realización de un trabajo.
Tras conocerse la sentencia de este miércoles, la Conselleria de Educación manifestó que "acata" la decisión, al tiempo que señaló que el fallo no afecta al modo en que se imparte la materia en la Comunitat.
El Gobierno valenciano considera que "el fallo, lógicamente, no afecta en absoluto al modo de impartición de la asignatura en la Comunitat Valenciana en cuanto a la lengua vehicular recogida en la orden que regula EpC", por lo que, según las mismas fuentes, "se va a continuar con el régimen que en estos momentos se está dando en cada centro".
Destacaron asimismo que, "por ahora, sólo se conoce el fallo de la sentencia respecto a la objeción, por lo que habrá que esperar a que se haga pública para conocer el alcance de la resolución judicial y si afectará a cuestiones relacionadas con los contenidos de la asignatura", recalcaron.
Por último, desde el Consell lamentaron que "la falta de voluntad de consenso inicial por parte del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero haya provocado división en la sociedad y haya judicializado este tema de una manera no deseable".