"Es nuestra obligación luchyar contra la corrupción", defiende Alarte.
El PSPV ha recurrido la absolución del expresidente de la Generalitat
valenciana Francisco Camps y del ex secretario general del PPCV y
diputado en Les Corts, Ricardo Costa, de un delito de cohecho pasivo
impropio en la conocida como 'causa de los trajes', al entender que
existe una "manifiesta contradicción" entre los hechos declarados
probados por parte de los miembros del jurado.
Los socialistas, que ya avisaron de su intención de recurrir la
sentencia absolutoria --pese a que el ministerio fiscal ha decidido no
hacerlo--, han apurado el plazo permitido por la ley para presentar la
resolución, puesto que concluía este mismo viernes.
El PSPV, que ejercía de acusación popular en la causa, ha
recurrido la sentencia ante Juan Climent, el magistrado presidente del
tribunal del jurado, en base a cinco criterios. El primero de ellos se
fundamenta en quebrantamiento de forma al existir contradicción entre
los hechos declarados probados. Este hecho, a su entender, debería haber
obligado al magistrado a devolver el acta al jurado.
El segundo de los criterios se engloba también en el
quebrantamiento de forma pero hace referencia a que se ha dictado una
sentencia sin la concurrencia del número de votos exigidos por la ley.
El abogado del PSPV, Virgilio Latorre, también alude, en un tercer
apartado, a infracción del precepto constitucional, al considerar que se
ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva; el derecho a la
interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos; y el derecho a
un procedimiento con todas las garantías.
En un cuarto apartado, el abogado comenta que ha habido
infracción de ley al existir error en la apreciación de la prueba, en
base a una serie de documentos que "demuestran la equivocación del
juzgador" sin resultar contradichos por otros elementos probatorios.
Entre otros documentos, el letrado alude a unas hojas de pedido
de la sastrería de Forever Young a Sastgor, en las que constan tres
pedidos de prendas de vestir a nombre de Ricardo Costa y cuatro a nombre
del Sr. Camps. También nombra un recibo de venta por la compra de
cuatro corbatas en el que aparece la nota manuscrita de 'Camps'; y un
listado dirigido a la Atención de Pablo Crespo --uno de los presuntos
cabecillas de la trama-- con una relación de personas e importes
atribuidos a cada una de ellas. En esta última aparece el nombre de
Ricardo Costa y Francisco Camps, a quienes se les atribuye una cuantía
de dinero.
Además, Latorre recuerda que hay una relación de tickets de
venta de Milano Difusión que fueron pagados con dos cheques emitidos por
Orange Market que hacen referencia a Camps y a Ricardo Costa; facturas
de Sastgor a Castellana Inmuebles y Locales de prendas confeccionadas a
nombre de Francisco Camps; y confirmaciones de pedido tanto a Milano
como a Forever con los nombres de Francisco Camps y Ricardo Costa.
José Tomás
El
abogado también ha nombrado el fax manuscrito y protocolizado aportado
por el 'director de moda' José Tomás en una de sus declaraciones ante el
jurado. Este documento fue remitido a Pablo Crespo y en él constan
prendas atribuidas a Camps por un importe total de 2.680 euros, y
especifica que la deuda que incluye la del Sr. Camps y otra del Sr.
Pérez asciende a 4.040 euros.
Asimismo, el PSPV alude a diferentes justificantes bancarios en
los que constan distintas transferencias por varios importes; así como
una nota hallada en un ordenador en el registro de la embarcación
'Parapipi', en el que aparece anotado 'Cans' junto a dos cantidades;
además de Ricardo Costa y de Camsp.
Latorre incorpora, además, varios inventarios de la tienda
Milano correspondientes a enero de 2006, a agosto del mismo ejercicio y a
enero de 2007. En el primero de ellos aparecen dos apuntes a nombre de
Camps y otro a nombre de Costa, todos ellos correspondientes con unos
tickets de venta. En el segundo están los mismos números de tickets pero
con el nombre de Comunidad Valenciana. Y en el tercero sigue existiendo
un ticket a nombre de Comunidad.
También alude a la existencia de un CD que contempla un apunte
de la Caja B Orange del año 2007 y otro apunte del mismo ejercicio. En
ambos casos se trata de un apunte del 23 de enero de 2007 en el que se
hace constar 'Ent. A P.Crespo p/Pago en milano' por importe de 4.821
euros.
Por último, el PSPV hace referencia en su recurso, como quinto
criterio, a la infracción del precepto legal. Ante todos estos
argumentos, solicita al magistrado presidente que admita el recurso de
casación y, además, le adjunta un resguardo de la consignación del
depósito que se le exige para la interposición de la resolución.